domingo, 8 de agosto de 2010

LEY DE HIDROCARBUROS

El estado tiene derecho de administrar el sector hidrocarburífero, y la gestión que debe realizar con las empresas públicas y privadas también aclara que es propiedad del estado y no puede ser dada como parte de pago en ninguna circunstancia.
Aprovecha los recursos y se respeta el medio ambiente, genera empleo y le da un costo superior al producto, garantiza y fomenta la calidad, cantidad y productos que se fabrican en la industria nacional promoviendo así la inversión nacional y extranjera.
Evalúa y supervisa los planes y proyectos para el desarrollo del sector, controla la correcta aplicación de la ley e impone las  sanciones y fracciones q sean necesarias.
Se suscribe y modifica contratos observando detalladamente la ley y reglamentos. También se puede adjudicar otros contratos si son convenientes para el estado.
Las empresas extranjeras que deseen laborar en suelo ecuatoriano deben cumplir con todos los requisitos establecidos en la ley y deben contar con la aprobación del ministerio sectorial.
Antes de iniciar la explotación de los recursos no renovables las empresas deben depositar un cantidad bancaria de un veinte por ciento de las inversiones.    
El proceso de industrialización comprende actividades de transformación de petróleo crudo, en productos derivados a través de la refinación o procesos petroquímicos, para obtener nuevos productos terminados o subproductos.

Previo al inicio de las operaciones deben contar con el permiso y autorización del ministerio sectorial.

Los contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, suscritos antes de la vigencia de la presente Ley, se modificarán para adoptar un modelo único de Operación de Recursos Naturales no Renovables para exploración y explotación de hidrocarburos, en el plazo de hasta dos años.

Deberán presentar un control de operación en el sector hidrocarburífero y presentarán un estudio ambiental para las distintas actividades o fases establecidas en esta Ley, a la autoridad ambiental. La ejecución de las actividades hidrocarburíferas, se iniciarán una vez que se cuente con la respectiva licencia ambiental.

Se promoverá también el cuidado del medio ambiente y se respetara la diversidad cultural, seguridad y salud de los habitantes del sector. También se promoverá a la reconstrucción del ecosistema y todo lo que fuere afectado en algún momento por la explotación del hidrocarburo.    

La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

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